Así llegó alias El Canoso a mi injusto proceso. Se trata de un personaje cuyo nombre y apodo jamás en mi vida había escuchado hasta que la sala penal de la Corte Suprema de Justicia le dio crédito a sus injurias e infamias.
Me visitaron en La Picota mis jóvenes abogados y me preguntaron por José del Carmen Gelves Albarracín, alias “El canoso”. Les manifesté que jamás había escuchado ese nombre, ni apodo. Me explicaron que ese señor iba a declarar en mi proceso, ¿que sobre qué se le preguntaba?, les dije ni idea, escúchenlo, si me menciona tengan la seguridad que es falso lo que diga.
¿Cómo llega alias “El canoso” a mi proceso? Expongo ante ustedes queridos lectores el documento que utilizaría el Magistrado Auxiliar Carlos Iván Mejía para allegar a El Canoso a mi injusto proceso. Lo encontramos en mi expediente, a folio 250 cuaderno No 7.
Quienes hemos tenido un proceso en la Corte Suprema en su Sala Penal, conocemos cómo se manejan los asuntos relacionados con el litigio probatorio. Utilizan con arbitrio la importancia del testigo, el valor probatorio dado a las versiones presentadas tiene un ingrediente subjetivo. Cuando quieren aprobar son llamados a declarar en los procesos, y cuando no lo consideran, lo niegan, rompiendo el equilibrio procesal que pregona la administración de justicia en garantía al debido proceso que es de rango constitucional (recuerden el frustrado testimonio del doctor Espinosa Faciolince, Revista la Injusticia 3ª edición).
Un informe a la Sala, según el magistrado Carlos Iván Mejía del 9 de febrero del 2011, un día después que según ellos alias “El canoso” estuvo en la coordinación de la comisión de investigación, (entiéndase Iván Velázquez), este desmovilizado de la AUC Resistencia Tayrona con asistencia de un representante del Ministerio Público, como pueden ver nuestros apreciados lectores, no aparece identificación del funcionario designado por la Procuraduría General de la Nación como representante del Ministerio Público en el referido informe como evidencia de su intervención (ver documento en esta pàgina), la presencia durante el desarrollo de la diligencia, como tampoco su firma, la inexistencia del nombre o firma del funcionario del Ministerio Público se entiende como que no estuvo presente, lo cual constituye una clara falsedad en un documento público que a sala penal conoció, avaló y permitió, es una muestra más del interés protervo del auxiliar Mejía. Lo que yo no entendería jamás es la perversidad de la sala penal en tantos actos bellacos y truculentos.
El ‘fantasmón’ del Ministerio Público, es mencionado por el Magistrado Auxiliar para tratar de dar legalidad a lo ilegal, haciéndolo más ilegal, no aparece Ministerio Público avalando el prevaricato del doctor Carlos Iván Mejía, y es falso la existencia de este funcionario, la presencia del Ministerio Público es un aspecto de gran importancia en las diligencias judiciales, por la naturaleza de sus funciones que permite ser garante de los derechos que cobijan entre otros al investigado. ¿Cómo la comisión de investigación, dirigida por Iván Velásquez, adivina que alias “El canoso”, quien había manifestado su interés según ellos de develar vínculos contra políticos de la Costa Atlántica con grupos al margen de la Ley, quiere involucrar al senador Cáceres? ¿Se los dijo el Canoso al oído?, o ¿ellos al Canoso? o ¿existía ya un libreto? Con una velocidad digna de los 100 metros libre, alias “El canoso” solo 4 días hábiles después del informe a la Sala estaba declarando contra el senador Cá- ceres, en 4 días hábiles pasa el informe a la sala penal, esta cita al Canoso, y le escuchó sus infamias y calumnias fácil de mostrar sin esfuerzo alguno ante un juez probo e imparcial como lo veremos en esta edición.
Volviendo a la llegada de alias “El Canoso” a mi proceso en paracaídas y con libreto, la sala penal de la corte permite una prueba ilegal que posterga formalidades para producirla. El aporte de pruebas tiene unas reglas que deben observarse y cumplirse en el desarrollo de todo proceso. En el nefasto capítulo dedicado a este testigo, encontramos que siendo una prueba impertinente y no conducente, por medio de un auto carente de motivación, se dio entrada al artista estrella que en guío diseñado tuvo la oportunidad de convertirse en revelación dentro de la injusta película de mi condena.
Decían nuestros abuelos que la carrera trae el cansancio. Por ejemplo como colorario de las trapisondas se puede ver el folio 251 cuaderno 7, que él mismo dice que el magistrado auxiliar pasó el informe a la sala, los adivinos magistrados titulares adivinaron que las declaraciones serían contra Cáceres y el mismo 9 de febrero del 2011 lacónicamente y sin sustentación alguna ordenan recibir declaraciones del Canoso; sin embargo en un documento posterior el magistrado auxiliar Carlos Iván Mejía Abello, dice que el auto es del 10 de febrero del 2011 Cuaderno 7 Folio 287 y a folio 288, del cuaderno 7, en oficio a la Procuradora de fecha 11 de febrero de ese mismo año informa que en auto de la fecha la Sala Penal ordenó las declaraciones de alias el Canoso, osea en 3 fechas diferentes la sala penal ordena las declaraciones de alias El Canoso, según el Magistrado Mejía. ¿Cuál fue la verdadera fecha? Eso no es delito, a diferencia de la falsedad de la presencia del Ministerio Público, pero deja mucho que pensar y desear de la administración de justicia criminal del país y muestra que la carrera trae cansancio.
Por JAVIER CÁCERES LEAL




