Senador Mockus, le llegó la hora de demostrar en la práctica

Senador Mockus, le llegó la hora de demostrar en la práctica, con hechos, con palabras o, a través de símbolos qué…no todo vale.

 

La norma constitucional que prevé la causal de inelegibilidad es del siguiente tenor:

 

Artículo 179.- No podrán ser Congresistas:

(…)

  1. Quienes hayan intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas, o en la celebración de contratos con ellas en interés propio, o en el de terceros, o hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos o contribuciones parafiscales, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección.”

 

La causal de inhabilidad en comento prevé tres hipótesis que pueden dar lugar a su configuración, así:

 

  1. La intervención en la gestión de negocios ante cualquier entidad pública.
  2. La celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel.
  • Haber sido representante legal de entidades que administren tributos o contribuciones parafiscales.

 

Adicionalmente para que se estructure la causal, la norma constitucional consagra dos elementos adicionales: a) que la intervención en la gestión de negocios o en la celebración de contratos por parte del candidato que resulta elegido sea en interés propio o de terceros y, b) un elemento temporal, que aquella haya tenido ocurrencia dentro de los seis meses anteriores a la elección.

 

Gestión de negocios ante entidades públicas:

 

Esta inhabilidad se configura cuando el candidato intervino en la gestión de negocios ante entidades públicas dentro de los seis meses anteriores a la elección.

 

La intervención puede ser activa o pasiva. Es activa, cuando la persona participa activamente en las gestiones para la consecuencia del contrato o del negocio. La intervención pasiva, se materializa cuando la persona se comunica a través de símbolos, por ejemplo, se baja los calzones, muestra las nalgas y pela lo de mas allá, para pedir silencio; igualmente cuando presta su buen nombre para garantizar la obtención de un contrato para sí o un tercero, figurando como en el caso de autos, de represéntate legal de la entidad que contrata con la administración púbica.

 

En el caso del senador Mockus, la conducta que se le debería reprochar en el evento de una demanda electoral, corresponde a la primera hipótesis de la norma constitucional, la “intervención en la gestión de negocios ante cualquier entidad pública”. En lo referente a la segunda hipótesis “celebración de contratos” aduciría el senador, que, pese a ser por mandato legal el representante legal (así lo dice el certificado de cámara de comercio), él, no celebro el contrato, sino que lo hizo fue la persona que delego, autorizo, faculto.

 

Podemos concluir, que en el evento de que hubiere firmado el contrato, esa era la causal que lo inhabilitaba (celebración de contratos), pero como no lo firmó, fue la gestión simbólica por pasiva la que lo hace inelegible.

 

Recordemos, que el representante legal, es una persona que representa a otro o a otros, y legal, es un representante que ha sido reconocido por la ley como tal. Es así como en algunas personas jurídicas la representación legal se legaliza y prueba con la inscripción en el registro mercantil.

 

Independientemente de quien suscribió el contrato, lo cierto que la denominada “Corporación Visionarios por Colombia” como lo señala su página web “La Corporación lleva 17 años consolidando el enfoque de Cultura Ciudadana, a nivel teórico, metodológico y práctico, guiada por las enseñanzas de su fundador Antanas Mockus”. Sabemos entonces que Corpovisionarios simboliza una organización que representa las enseñanzas del senador Mockus, donde él, es su representante legal, esa es una verdad a puños.

 

Pretender esconder el sol que alumbra y al que siguen los girasoles sería un comportamiento que riñe con la ética, la moral, la verdad y las buenas costumbres. “Corpovisionarios es a Mockus como Mockus es a Corpovisionarios”. Tendrá el senador Mockus la gallardía de aceptarlo, es lo que está por verse, en el evento de que le sea demandada su elección.

 

Profesor, quiérase o no, estamos ante una flagrante gestión de negocios ante entidades públicas, que desembocó en el contrato celebrado, que lo inhabilita para ser elegido válidamente senador. A usted se le reprocha no la firma del contrato como tal, sino que, en su calidad de representante legal, se realizaron las gestiones para la adjudicación, para asegurarlo, lo cual sin mayores esfuerzos denotan que fue por lo que usted y lo que su nombre representan que fue obtenido.

 

Debemos tener presente que la inhabilidad por gestión de negocios no necesita que el negocio se concrete o se materialice, lo que importan es que como en el caso de autos, se dé la intención de aprovecharse del nombre de alguien que, como acontece aquí, simboliza a Corpovisionarios, quien a la postre, resultó favorecida con el contrato, frente a la entidad pública y frente al país, lo que finalmente se materializó en su suscripción. De ello no hay duda, la persona autorizada por el representante legal Mockus a la postre firmó el contrato cuestionado, o también podríamos decir como dicen en el ámbito de los contratistas “coronó el contrato”.

 

No hay duda que el nombre del profesor Mockus, es lo que hace efectiva, valiosa útil, trascendente y definitiva la adjudicación del contrato. Es el nombre de su representante legal, lo que ese nombre simboliza en el país, lo que determina definitivamente en este caso la suscripción del contrato, hasta el punto de cómo lo afirma el senador, “no movió un dedo para ello”, y esos, porque simplemente no se necesitaba, gracias al peso de su nombre construido en la materia y lo que simboliza.

 

Lo anterior, le genera ventajas frente a sus contendores quienes no tienen posibilidad para relacionarse con entidades públicas a ese nivel, situación que lo colocó en desigualdad frente a los demás candidatos. Sin importar que Corpovisionarios tuviere o no ánimo de lucro, puede ser cualquier interés o beneficio, incluso de naturaleza extrapatrimonial, y no sólo la consecución de un resultado lucrativo.

 

Hoy recojo la gran preocupación que nos embarga a cientos de miles de colombianos que, no solo tenemos hijos, nietos o algún menor de edad cercano, que no pretenda ahora este faro o referente de la moral y las buenas costumbres, plasmar en leyes de la republica actuaciones simbólicas como las expresadas públicamente en la instalación del Congreso de la Republica cuando literalmente “le pelo el culo” a Colombia. Ojalá no quede en la Comisión de Educación y, que semejante desfachatez por lo menos tenga consecuencias disciplinarias, que no sea eximido de responsabilidades por discapacidad o incoherencia mental y verbal.

 

Senador Mockus, le llegó la hora de demostrar en la práctica, con hechos, con palabras o, a través de símbolos qué…no todo vale.

 

 

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